RESOLUCION de 7 de octubre de 2002, de la Dirección General de Centros y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro privado de formación profesional específica Escuela Superior de Hostelería de Aragón, de Teruel.

Publicado el 21/10/2002 (Nº 125)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
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Texto completo:

RESOLUCION de 7 de octubre de 2002, de la Dirección General de Centros y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro privado de formación profesional específica Escuela Superior de Hostelería de Aragón, de Teruel.

Visto el expediente iniciado por Don Ricardo Checa Aso, en nombre y representación del Centro privado Escuela Superior de Hostelería de Aragón, con domicilio en la c/ Mariano Muñoz Nogués, 11-13 de Teruel, solicitando la modificación de la autorización por implantación de Ciclos Formativos de Grado Superior de Alojamiento y Restauración.

Conforme al informe favorable emitido por la Gerencia de Planificación, Infraestructuras y Equipamiento de fecha 17 de julio de 2002, sobre el cumplimiento de la normativa vigente en materia de instalaciones.

Conforme al informe favorable emitido por la Inspección de Educación de Teruel, de fecha 11 de septiembre de 2002, en relación con el cumplimiento de los requisitos de equipamiento para impartir las enseñanzas solicitadas, en colaboración con la empresa Paradores Nacionales de España S. A. de Teruel.

Conforme al informe favorable emitido por la Unidad Técnica de Construcción, de fecha 26 de septiembre de 2002, sobre la adecuación de las obras realizadas conforme a los planos aprobados.

Según lo dispuesto en los artículos 7 y siguientes, del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en el R.D. 1982/1998, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanzas no universitarias.

En virtud de la Orden de 17 de agosto de 1999, del Departamento de Educación y Ciencia, de delegación de competencias para modificación de conciertos educativos y de las autorizaciones de los centros privados, para impartir enseñanzas de régimen general, el Director General de Centros y Formación Profesional, resuelve:

Primero.-Conceder, a efectos exclusivamente educativos, la modificación de la autorización del Centro privado Escuela Superior de Hostelería de Aragón, de Teruel.

Enseñanzas que se autorizan:

Ciclo Formativo de Grado Superior.

HOT 32 Alojamiento, 1 grupo y 13 puestos escolares.

HOT 34 Restauración, 2 grupos y 26 puestos escolares.

Quedando el Centro con la siguiente configuración.

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: Escuela Superior de Hostelería de Teruel.

Código de Centro: 44010011.

Titular: Escuela Superior de Hostelería de Teruel S. A.

Domicilio: c/ Mariano Muñoz Nogués, 11-13.

Localidad: Teruel.

Municipio: Teruel.

Provincia: Teruel.

Enseñanzas: Ciclo Formativo de Grado Medio.

HOT 21 Cocina, 2 grupos y 34 puestos escolares.

HOT 23 Servicios de Restaurante y Bar, 1 grupo y 19 puestos escolares.

Enseñanzas: Ciclo Formativo de Grado Superior.

HOT 32 Alojamiento y 13 puestos escolares.

HOT 34 Restauración, 2 grupos y 26 puestos escolares.

Segundo.-El Servicio Provincial de Educación de Teruel, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.-El Centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96 de Condiciones de Protección contra Incendios en los edificios aprobada por el Real Decreto 2177/96 de 4 de octubre, y toda la normativa vigente, en especial en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas y cualquier otra normativa aplicable de carácter local, autonómico o estatal.

Cuarto.-Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señalan la presente Resolución.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto, en virtud de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92 reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a su publicación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Zaragoza, a 7 de octubre de 2002.-La Directora General de Centros y Formación Profesional, P.D. (Orden de delegación de 17 de agosto de 1999), Natividad Mendiara Callén.